Consejo Superior
Ordenanza
Ordenanza CS N° 205
EXTENDER, por única vez y en carácter de excepción, la vigencia de la regularidad de aquellas asignaturas que vencieron en el turno julio-agosto 2021 por el término de tres (3) turnos, con la excepción de aquellas asignaturas y/o carreras que, por su caracterización o situación particular, la Unidad Académica determine e informe al área respectiva en un plazo que no supere las cuarenta y ocho (48) horas hábiles de sancionada la presente, en el alcance de los “Considerandos” de esta Resolución.
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2021-08-27
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