Consejo Superior
Ordenanza
ORDENANZA C.S N° 139
MODIFICAR el Artículo Nº 2 del Anexo I de la Ordenanza C.S. Nº 069/16, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 2°.- La S.E.U. será la encargada de realizar dos (2) convocatorias anuales al inicio de cada cuatrimestre (conforme calendario académico de la Universidad) y por un plazo que no exceda los treinta (30) días, en cada caso, para la presentación de los proyectos de extensión universitaria. Estas convocatorias se realizarán previa verificación en la Secretaría Administrativa Financiera de la disponibilidad de la asignación presupuestaria para su ejecución. En el caso de las actividades de extensión, las mismas tendrán como fecha máxima de presentación treinta (30) días después de iniciado cada cuatrimestre.”
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2018-06-28
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