Consejo Superior
Ordenanza
ORDENANZA C.S N°127
DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza Nº 125/17 . ARTÍCULO 2°:MODIFICAR parcialmente la Ordenanza Nº 349/08 por la cual se creó la carrera de Ingeniería Agro- Industrial en lo que concierne a los alcances del título "Ingeniero Agro-Industrial" resultando como nuevos alcances los que se detallan en el anexo único que forma parte de esta Ordenanza. INCORPORAR en los alcances del título “Ingeniero Agro- Industrial” el siguiente párrafo: “Se deja constancia, en forma expresa, que la responsabilidad primaria y la toma de decisiones la ejerce en forma individual y exclusiva el poseedor del título con competencia reservada, según el régimen del Art. 43 de la Ley de Educación Superior, del cual depende el poseedor del título al cual, por sí, le está vedado realizar dichas actividades “conforme obra en el anexo único.
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2018-02-28
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