Consejo Superior
Ordenanza
ORDENANZA C.S N° 169
modificar el artículo 2° de la Ordenanza C.S. N° 144/01 "Régimen de adscripción" el que quedará redactado de la siguiente manera: "admisión para ser admitido como adscripto en cátedras o proyectos de investigación, el aspirante deberá tener título universitario de grado o pregrado de igual o superior nivel a aquel en el cual ejerza la adscripción.
/
2019-05-30
814